Las Competencias Clave

María Elena Juesas
Ezagutza arloa
Hezkuntza testuingurua
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            Me ha resultado muy interesante la lectura del artículo de Valle, J.M. Y Manso, J., titulado Competencias Clave como tendencia de la política educativa supranacional de la Unión Europea.

            Me hace replantearme dos aspectos que yo creía tener bastante claros y que se mencionan en el artículo: por un lado y derivado del origen de las competencias, su aplicación en la educación general proviniendo del ámbito empresarial y laboral, que yo interpretaba como un cambio de dirección de la enseñanza hacia una perspectiva financiera, individualista y competitiva; y por otro el concepto de competencias ‘básicas’ en lugar de ‘clave’.

            Me produce inquietud el planteamiento referido a que las ocho competencias clave diseñadas por la Unión Europea no coinciden exactamente con las ocho competencias básicas incluidas en la LOE.

            En primer lugar me he parado a comparar el artículo de Rodríguez, C. en el que manifiesta su preocupación por que el objetivo de la educación se convierta en una preparación para el mundo laboral, y la perspectiva aquí planteada de que tanto el aprendizaje permanente como el aprendizaje por competencias (y la definición de competencias clave) surgen en íntima conexión como causa y consecuencia de los retos de la sociedad contemporánea. Esto es, no solo sirven para que esta se adapte mejor al mercado laboral, sino para hacerla partícipe activa de todo el conjunto de opciones vitales que se abren en una sociedad de una gran complejidad como es nuestra sociedad actual, basada en el conocimiento.

            En cuanto al concepto de competencias ‘básicas’ en lugar de ‘clave’, criterio que mantiene la LOMCE, es interesante la reflexión que se hace en el artículo referido al adjetivo ‘clave’, que ahora se prefiere aplicar a las competencias, que implica que son desempeños necesarios –aunque no suficientes– para el desarrollo futuro de nuevos desempeños en la compleja sociedad del siglo XXI. Solo un aprendizaje permanente mediante la adquisición de competencias clave permite a la persona formar parte activa y enriquecedora de nuestro grupo social.

            Y como ya he dicho me preocupa el planteamiento referido a que las ocho competencias clave diseñadas por la Unión Europea no coinciden exactamente con las ocho competencias básicas incluidas de la LOE, quiere decir que ya partimos, de nuevo, de un planteamiento, no del todo correcto con el sentido de la propuesta de la Unión Europea, porque evidentemente este planteamiento afectará y mucho al trabajo de clase, respecto a:

  • Revisar las condiciones de vida en los centros (actividades, convivencia, etc.)
  • Desarrollar un enfoque más pedagógico colectivo, de manera que se preserve o apoye el planteamiento global, en vez de la interpretación más academicista y/o parcelada que se haría desde cada área.
  • Desarrollar criterios de evaluación: realizar un análisis comparado de los criterios de evaluación, más en detalle, como forma de ver cuál será la exigencia y la traducción a la realidad de las competencias (“más real”); haciendo más hincapié en el “saber hacer”, poniendo especial cuidado en los últimos cursos de la enseñanza obligatoria; también habría que evitar mezclar criterios de evaluación con actividades concretas.
  • Especificar la metodología dentro del desarrollo de cada una (actividades, uso del espacio, de los tiempos, de las agrupaciones, etc.).

Esta primera lectura anima a buscar y comparar más información referida a las competencias clave.